El Seguro Social está con usted por el sendero de la vida, como apoyo en su presente y respaldo para el futuro. Parte de este compromiso es mantenerlo informado. Nuestra experta responde sus preguntas.
Por Maria del Carmen Ortega
Pregunta: No estoy seguro de cuándo me jubilaré, por lo que quiero calcular mi beneficio de jubilación en diferentes edades. ¿Cuál es la forma más fácil de hacer eso? Gonzalez, Key West FL.
Respuesta: El uso de nuestro Estimador de jubilación es fácil en www.socialsecurity.gov/estimator, y es la mejor manera de que tenga una buena idea de lo que puede ser el pago de su beneficio mensual después de su jubilación. El Estimador proporciona estimaciones basadas en su registro real de ganancias del Seguro Social. Tenga en cuenta que estas son estimaciones y no podemos proporcionarle el monto real de sus beneficios hasta que solicite los beneficios. Puede usar el Estimador si tiene suficiente trabajo para calificar para los beneficios y no está recibiendo beneficios actualmente. Si actualmente recibe solo los beneficios de Medicare, todavía puede obtener un estimado. Puede aprender sobre este tema leyendo nuestra publicación, Información sobre la jubilación para beneficiarios de Medicare, disponible en www.segurosocial.gov/pubs.
Pregunta: Mi vecino dijo que solicitó los beneficios de jubilación del Seguro Social en línea. ¿Puede realmente solicitar la jubilación sin tener que viajar a una oficina? Hernández, Miami FL.
Respuesta: Sí tu puedes. Lo que es más emocionante es que es la forma más fácil, rápida y conveniente de solicitar beneficios de jubilación. Nuestro sitio web seguro lo hace simple, lo que le permite solicitar beneficios de jubilación en tan solo 15 minutos. Puede comenzar ahora mismo en www.socialsecurity.gov/applyonline.
Pregunta: ¿Cuál es el monto del beneficio que un cónyuge puede tener derecho a recibir?
X. Llanos, Westchester, FL.
Respuesta: Si usted es elegible tanto para su propio beneficio de jubilación como para los beneficios como cónyuge, siempre le pagaremos primero los beneficios de acuerdo con su registro. Si su beneficio como cónyuge es mayor que su beneficio de jubilación, recibirá una combinación de beneficios igual a los beneficios del cónyuge superior. Un cónyuge generalmente recibe la mitad del beneficio completo del trabajador retirado, a menos que el cónyuge comience a cobrar los beneficios antes de la edad de jubilación completa. Si el cónyuge comienza a cobrar los beneficios antes de la plena edad de jubilación, el monto del beneficio del cónyuge se reduce en un porcentaje basado en la cantidad de meses antes de que él o ella alcance la plena edad de jubilación. Por ejemplo, según la edad total de jubilación de 66 años, si un cónyuge comienza a cobrar los beneficios:
• A los 65 años, el monto del beneficio sería aproximadamente el 46 por ciento del beneficio total del trabajador retirado;
• A los 64 años, sería alrededor del 42 por ciento;
• A los 63 años, 37.5 por ciento; y
• A los 62 años, 35 por ciento.
Sin embargo, si un cónyuge está cuidando a un hijo menor de 16 años o discapacitado y recibe los beneficios del Seguro Social en el mismo registro, un cónyuge recibirá todos los beneficios, independientemente de la edad. Obtenga más información leyendo nuestra publicación de Retiro en www.socialsecurity.gov/pubs/10035.html.