El Congreso aprobó este miércoles en último debate la ley de pequeñas causas, la cual plantea una revolución en la forma de investigar y procesar delitos como el hurto, que es una de las conductas que más afecta la seguridad y tranquilidad de los colombianos.
Uno de los grandes cambios del proyecto, aprobado en último debate en la Cámara de Representantes, es el procedimiento especial abreviado que se aplicará a procesos por los delitos de lesiones personales menores (sin secuelas que produjeren incapacidad para trabajar), injuria, calumnia, abuso de confianza y estafa por cuantías inferiores a los 150 salarios mínimos mensuales (103’418.100 pesos).
En esos casos, no se aplicará el procedimiento ordinario, en el que se deben cumplir cinco audiencias, sino que se realizarán dos audiencias, con lo que se bajará a la mitad el tiempo de la duración del proceso.
Así las cosas, se dejarán de realizar las audiencias de imputación, acusación, preparatoria, juicio oral y lectura del fallo, y solo se realizará una audiencia concentrada, en la que se descubrirán y solicitarán las pruebas, y un juicio oral, en el que se adelantaría la práctica de pruebas y de inmediato se definiría la culpabilidad o inocencia del procesado.
Solo con esa figura abreviada se logrará agilizar al menos 400.000 procesos que cursan ante los jueces cada año.
El ministro de Justicia, Jorge Eduardo Londoño, sostuvo que en Colombia se investigaba y juzgaba con el mismo procedimiento un genocidio y un hurto menor, y que el país estaba en deuda de adecuar la acción de la justicia frente a la gravedad de las conductas.
“El procedimiento abreviado se aplicará a las investigaciones que requieran menos complejidad y eso permitirá que los ciudadanos puedan tener pronta justicia y que sus problemas puedan ser resueltos en un periodo corto”, dijo Londoño.
La iniciativa es clave si se tiene en cuenta que del millón de denuncias que según la Fiscalía se han presentado en lo corrido del año, un alto porcentaje corresponde a delitos que ahora serán de la órbita de la justicia de procedimiento abreviado. Este año se han presentado 242.288 denuncias por hurto, 158.383 por lesiones personales y 27.419 por estafa.
La iniciativa, que pasará a conciliación al Senado y luego a sanción presidencial, también establece la figura del acusador privado que le permite a la víctima incluso adelantar la investigación, recaudar pruebas y acudir mediante su apoderado ante el juez para adelantar el juicio contra el presunto autor del delito. Esa figura no se podrá usar en todos los delitos y solo procederá con el aval de la Fiscalía.
El representante a la Cámara y ponente del proyecto Hernán Penagos afirmó: “La víctima puede presentar pruebas, pedir audiencias y solicitar peritazgos, que son funciones que le corresponden a la Fiscalía. Sin embargo, en todo el proceso, el ente acusador mantiene intactas sus facultades”, puntualizó el congresista.
Igualmente, se incluyó en el articulado que los policías que sorprendan a personas cometiendo delitos en flagrancia puedan actuar como querellantes. Esa iniciativa es importante, pues en muchas ocasiones las víctimas prefieren no denunciar delitos como pequeños robos para evitar la tramitomanía, y así ese tipo de hechos se quedan sin investigar.
Ahora, el policía que realiza la detención puede poner el caso en conocimiento del juez.
También quedó incluido dentro de la lista de delitos que podrán tener un procedimiento abreviado el del monopolio rentístico, es decir, el relacionado con la explotación privada y concentrada de juegos de suerte y azar.
Detención preventiva no podrá exceder los 180 días
La ley estimó que quienes estén siendo procesados bajo el sistema abreviado no podrán tener penas privativas de la libertad mayores a 6 meses, cuando sean de carácter preventivo. También quedarán libres cuando pasados 70 días desde el traslado de la acusación no se haya iniciado la audiencia concentrada o cuando después de 30 días de la terminación de la audiencia concentrada no se haya iniciado la audiencia de juicio oral.
Con información de El Tiempo