La Corte Suprema de Justicia de Colombia (CSJ) reiteró este martes que la inmunidad de jurisdicción de las misiones diplomáticas no es absoluta cuando se trata de derechos de sujetos de especial protección.
Así lo aseguró el alto Tribunal luego de resolver una tutela (recurso de amparo) dentro de un proceso por la manutención de un menor de edad en el que una jueza de Bogotá ordenó embargar los salarios de un conductor de la embajada de Estados Unidos en Bogotá.
La Corte consideró que el proceso que afronta el conductor "no tiene nada que ver con su trabajo en la embajada, sino que se refiere a los deberes como padre en el marco de las normas colombianas, incluyendo las laborales, que permiten los descuentos en el sueldo y prestaciones sociales para cancelar la manutención de los niños".
Asimismo, la CSJ aseguró que la solicitud no es una manifestación de poder político del Estado, ni afecta los bienes de la oficina extranjera o agentes ligados a la misión diplomática, pues la medida está dirigida a un colombiano residente en el país.
Por ello, la Corte Suprema "exhortó a la embajada para que gestione el embargo de los salarios", y si esta no procede a cumplir la solicitud "el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia debe iniciar los acercamientos y gestiones diplomáticas dirigidas a la protección de los derechos fundamentales del niño cobijado por esta tutela".
"Las inmunidades jurisdiccionales otorgadas a las sedes extranjeras de otro país no pueden ser absolutas, ni puede alegarse por éstas de manera irrestricta, sin tener en cuenta si el acto que niega es de aquellos sujetos a dicha protección", agrega la información.
Con información de EFE