Mediante dos Decreto-Leyes y cuatro resoluciones publicadas este viernes la Gaceta Extraordinaria No. 7, el Gobierno cubano busca extender la protección y los beneficios de la maternidad, con el fin de estimular la fecundidad, la incorporación y reincorporación al trabajo de la mujer, así como la participación de otros familiares en el cuidado y atención de los menores.
El panorama demográfico en Cuba continúa siendo ciertamente complejo, tomando en cuenta que la isla tienen un alto envejecimiento poblacional y una cada vez más baja tasa de natalidad.
La tasa global de fecundidad desde hace más de tres décadas no supera los 2,1 hijos por mujer necesarios para alcanzar un adecuado reemplazo poblacional; en el 2015 solo llegó a 1,72. En tanto, el 19,3 % de la población tiene más de 60 años y la esperanza de vida al nacer alcanza ya los 78,45, recuerda el diario Granma.
Beneficios
Por eso y a partir de ahora y de acuerdo con lo establecido en el Decreto-Ley No. 339 «De la maternidad de la trabajadora», del 8 de diciembre del 2016, si la madre decide reincorporarse al trabajo –una vez concluida la licencia pre y posnatal y antes de que el menor cumpla el año de vida– podrá simultanear la prestación social a que tiene derecho con su salario.
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Asimismo, será posible también extender a los abuelos maternos o paternos, que sean trabajadores, el cuidado del niño hasta su primer año de vida –anteriormente solo podía hacerlo el padre; en este caso podrán recibir la prestación social ascendente al 60 % de su salario promedio mensual en el transcurso de los últimos 12 meses.
De la misma manera, el mencionado Decreto-Ley precisa que las cuantías de las referidas prestaciones mensuales no pueden ser inferiores al salario mínimo vigente en el país. En caso de que suceda así, serán elevadas a dicha cifra.
Además, si «la madre trabajadora percibe dos remuneraciones por tener más de un empleo, ya sea en su entidad o en otra distinta, tiene derecho a percibir la prestación económica y social por cada uno de los contratos de trabajo, en proporción al tiempo real trabajado».
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En este mismo orden, otra de las resoluciones publicadas dispone un nuevo tratamiento para el pago por los servicios en los círculos infantiles y seminternados a las madres con dos o más hijos.
A las que tengan dos niños se les reducirá en un 50 % la tarifa vigente para los dos y en el caso de que sean más de dos infantes, adicionalmente se eliminará el pago de estos servicios a partir del tercero. Las madres con partos múltiples de más de dos bebés, serán exoneradas completamente del pago.
Las madres trabajadoras del sector no estatal tendrán además otros beneficios. Teniendo en cuenta las facultades otorgadas al Ministro de Finanzas y Precios por la Ley No. 113 «Del Sistema Tributario», del 23 de julio del 2012, se aprueba una bonificación –según los procedimientos estipulados para ello– del 50 % en el pago de las cuotas mensuales del
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Impuesto sobre Ingresos Personales a las trabajadoras por cuenta propia que tengan dos o más hijos menores de 17 años.
Por otra parte, en las normativas publicadas se precisa que se otorgará una bonificación en el pago de los impuestos a los trabajadores por cuenta propia que ejercen las actividades de «Asistente para el cuidado de niños» y «Cuidador de enfermos, personas con discapacidad y ancianos», incluidos en el Régimen Simplificado de Tributación. Ello consiste en la reducción del 50 % de las cuotas consolidadas mínimas mensuales que les corresponde pagar, de acuerdo con las pautas establecidas en la resolución correspondiente.
Con información de Radio Habana