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Denuncian "dictadura judicial" en Venezuela

ep_admin Por ep_admin
30/03/2017
en Principal, Venezuela
Denuncian "dictadura judicial" en Venezuela

El Tribunal Supremo de Justicia en Venezuela, eliminó la inmunidad parlamentaria de diputados en la Asamblea Nacional, de mayoría opositora, por apoyar la aplicación de la Carta Democrática Interamericana en el país; una ley que podría estabilizar la democracia en la República Bolivariana, ya que actualmente sufre de violencia, escasez, corrupción, narcotráfico y agresión a sus ciudadanos. Esta decisión fue tomado por el Secretario General de la Organización de Estados Americanos Luis Almagro y varios expresidentes del mundo, quienes también lo apoyan.

Redacción El Político

“La inmunidad parlamentaria solo ampara (…) los actos desplegados por los diputados en ejercicio de sus atribuciones constitucionales (lo que no resulta compatible con la situación actual de desacato en la que se encuentra la Asamblea Nacional)”, indicó una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

Lea también: Supremo venezolano asumirá competencias del Parlamento por “desacato”

Allan Brewer-Carías, quien es abogado y profesor de la Universidad Central de Venezuela analizó todo lo relacionado con el fallo No 155, en la que anula el Acuerdo de la Asamblea Nacional sobre la Reactivación del Proceso de Aplicación de la Carta Interamericana de la OEA, como mecanismo de resolución pacífica de conflictos para restituir el orden constitucional en Venezuela y denunció que en el país ya se consolidó una dictadura judicial.

“Puede decirse que en Venezuela se ha consolidado definitivamente una dictadura judicial conducida por el Tribunal Supremo de Justicia, actuando y dictando sentencias arbitrarias, es decir, literalmente, como le da la gana, sin importarle lo que pueda decir la Constitución o la ley, sin respetar las formas procesales constitucionales ni legales, y violando todos los principios más elementales del derecho y del proceso”, resaltó Brewer-Carías

Aseguró que “violaron las reglas más elementales del debido proceso, dictando medidas cautelares de oficio después de que el juicio había terminado, es decir, sin que hubiera juicio porque el que realizó de anulación, que tuvo una duración de solo tres (3) días, ya había concluido con la anulación del acto impugnado”. Destaca que en dichas “medidas cautelares,” entre otras decisiones, procedió a ordenarle, ni siquiera a permitirle aun inconstitucionalmente, sino a ordenarle al Presidente de la República a comenzar a gobernar “formal” y abiertamente violando la Constitución, para lo cual “decretando” inconstitucionalmente un Estado de Excepción, y denuncia que “le otorgó una especie de patente de corso, ignorara lo que podía quedar del ordenamiento jurídico y decidiera también como le venga en gana”, reseñó La Patilla

Lea también: Foro Penal venezolano repudia sentencia del Supremo sobre inmunidad

Destaca que “en la sentencia dictada, como se dijo, en un juicio sin proceso, la Sala Constitucional, violando el principio dispositivo que consagra la propia Ley que la rige, decidió iniciar un juicio para el “control innominado de la constitucionalidad” de no se sabe que actos, pero serán los que le da la gana; y de paso, eliminó la inmunidad parlamentaria de la mayoría de los diputados electos en diciembre de 2015”.

Tags: Allan Brower-CaríasAsamblea NacionalNicolás MaduroTSJVenezuela
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