El Político.- Mientras el pueblo muere de hambre y lucha a diario porque no le alcanza para nada el sueldo mínimo, los altos funcionarios del Poder Público podrán volver a fijarse el sueldo que estimen conveniente, luego de que el Tribunal Supremo de Justicia anulara la ley que fijaba un tope en la determinación de los sueldos.
De esta manera, el el Presidente de la República, los diputados a la Asamblea Nacional, los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, el fiscal general, el contralor, el defensor del Pueblo y el Público y los rectores del Consejo Nacional Electoral podrán llenarse los bolsillos como quieran, mientras un venezolano de a pie tiene que tener dos y hasta tres trabajos para medio comprar comida, si es que la consigue.
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Se trata de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios del Poder Público, que estaba vigente desde 2011.
Dicha ley establecía que la cúpula del régimen no podía percibir más del equivalente a 12 salarios mínimos mensuales, es decir 1.170.372 bolívares, cuyo monto actual no llega al costo de la canasta básica.
La medida se adoptó en la sentencia número 686 que responde a una demanda de nulidad que el pasado 21 de marzo la legisladora regional de Carabobo, Neidy Rosal González, interpuso contra los artículos 4 y 17 del instrumento, bajo el alegato de que los mismos cercenaban “los derechos laborales que tenemos los funcionarios de elección popular como trabajadores al servicio del pueblo y enmarcados dentro de las normas de un Órgano Público”.
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Según la ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover fueron calificados de inconstitucional no solo los dos artículos demandados sino todo el texto, pues “unificó la remuneración de los funcionarios de alto nivel de todos y cada uno de los órganos nacionales, suponiendo una drástica disminución de la remuneración de los funcionarios de alto nivel, lo cual constituye una violación de sus legítimos derechos y de los principios constitucionales de intangibilidad y progresividad de los derechos que gozan todos los trabajadores, así como un deterioro sistemático y continuo de la relación [responsabilidad] trabajo-salario”.
De manera descarada, el TSJ considera que la ley produjo “una clara depresión de los montos de las remuneraciones de los altos funcionarios del Estado”. Además, señala que la norma produjo “una perdida sustancial en la calidad de vida” de los funcionarios a los que afecta, como si un sueldo mínimo que cobra un mortal venezolano no fuera más grave.