El Papa Francisco firmó este sábado una nueva orden que refuerza las normas que regulan los casos de abuso sexual y de poder al interior de la Iglesia Católica.
El Político
Con esta modificación, el Sumo Pontífice amplió las penas a los “fieles laicos” que hayan servido como moderadores de asociaciones religiosas distintas al clero.
Este cambio se refleja en una nueva publicación de su propia voluntad “Vos estis lux mundi” (Vosotros sois la luz del mundo), una norma vaticana vigente de 2019 que establece que todas las diócesis del mundo deben tener un sistema accesible a cualquier persona que desee presentar una queja.
También están obligados a garantizar la plena protección y asistencia a estas víctimas y testigos –con especial énfasis en la regulación de la presunción de inocencia a fin de salvaguardar “la legítima protección del buen nombre y de la esfera privada de todas las personas implicadas”.
Organismos y oficinas
Ahora, la versión actualizada dispone que estos sistemas se formalicen como “organismos y oficinas” y también establece que la tarea de proceder con la investigación queda en manos del obispo del lugar donde ocurrieron los hechos denunciados.
Por otro lado, especifica como competencia de la Iglesia el estudio de los casos referidos a “fieles laicos que sean o hayan sido moderadores de asociaciones internacionales de fieles reconocidas o instituidas por la Sede Apostólica, por los hechos cometidos” mientras se encontraban en oficina -a diferencia del pasado, cuando se limitaban a investigar denuncias contra obispos , superiores religiosos y clérigos.
Otra de las modificaciones incluidas en esta norma es la relativa a los “actos sexuales con menor o persona vulnerable” , promulgada en los últimos años. En este sentido, el texto detalla los delitos cometidos contra “un menor o una persona vulnerable que habitualmente tenga un uso imperfecto de la razón o un adulto vulnerable”.
Lo que ratificó Francisco
Con la orden anunciada este sábado, Francisco ratificó ante los representantes de todas las conferencias episcopales su lucha contra los abusos dentro de la Iglesia, que se aplica desde hace años.
En ese sentido, en 2019 promulgó por primera vez esta inédita norma que establece el procedimiento a seguir en las diócesis, algo que hasta ahora no estaba claro.
Por ejemplo, el artículo 1 especifica que deben ser considerados todos los delitos en los que “alguien sea forzado, con violencia o amenaza o abuso de autoridad, a realizar o sufrir actos sexuales; mantener relaciones sexuales con un menor de edad o con una persona vulnerable; producir, exhibir, poseer o distribuir -incluso por medios telemáticos- material pornográfico infantil” .
También se aplica a cualquier caso de violencia contra las monjas por parte del clero, así como al presunto hostigamiento de seminaristas o novicias y delitos de encubrimiento o injerencia en las investigaciones.