La Corte Constitucional aprobó la extensión del fuero de maternidad para los padres, con cinco votos a favor y cuatro en contra. Así, el Alto Tribunal estableció que las madres que se encuentren en embarazo no podrán ser despedidas de sus trabajos, ahora la norma también cobijará a los padres que no podrán ser despedidos cuando demuestren que la madre en gestación está desempleada y son ellos quienes sostienen el hogar. La decisión pretende proteger al recién nacido.
El fuero de maternidad, como se denomina esa especial protección, tiene fundamento en la Constitución Nacional que en su artículo 43 dispone que: “La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de éste subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada”.
Así mismo, el Estado colombiano se ha comprometido en los escenarios internacionales a proteger los derechos de las mujeres durante el embarazo y la lactancia, compromisos que no sólo comprenden a las mujeres trabajadoras sino que se extiende a todas las mujeres.
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De la misma manera, la protección que les debe el Estado a las mujeres gestantes o en período de lactancia abarca la prohibición de que se les discrimine en su trabajo, lo que se traduce en que no pueden ser despedidas de sus cargos, ni privadas de su empleo por la no renovación de su contrato de trabajo, por causa o con ocasión de su condición de embarazada, materna o lactante.
Pero esa protección o amparo también encuentra fundamento y justificación en el hecho de ser las mujeres gestoras de la vida, valor supremo del ordenamiento constitucional.
Pero, como sería precaria esa protección si no fuera más allá del embarazo y el parto, dispuso el legislador que sus efectos comprendieran también el tiempo de la lactancia.