La ex magistrada del Tribunal Supremo de Justicia en Venezuela, Blanca Rosa Mármol habló con El Político y dijo que ante la decisión de la Asamblea Nacional de declarar que en ese país se rompió el hilo constitucional, solo queda convocar una Constituyente Originaria, sin la participación de los poderes constituidos. "Una vez los constituyentes sean electos, nosotros vamos hacer los cambios constitucionales que se requieren y entre las primeras medidas estaría un gobierno de transición y el cambio de las cabezas de los poderes públicos", dijo la abogada.
Por Luisiana Ríos P./El Político
Blanco Rosa Mármol explicó que la Asamblea Nacional declaró oficialmente que en Venezuela están ante un golpe de estado, "porque el régimen al impedir ante tribunales penales, el desarrollo del derecho electoral para la revocatoria del presidente de la república, comete un golpe de estado. Ellos no tienen ninguna justificación legal ni constitucional para hacerlo, están excedidos en su competencia y evidentemente por la sincronización de las decisiones que tomaron esos tribunales y por el anuncio que hizo el poder ejecutivo, quedó demostrado que es el régimen el que no permite ejercer ese derecho".
Con esas condiciones, dice la jurista, la asamblea nacional se ha visto obligada desconocer las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), porque "este no deja que la Asamblea actúe y entonces la Asamblea estableció entre otras cosas, revisar las credenciales de los magistrados del TSJ, aunque yo le agregaría que a los demás jueces de la República también, porque no están calificados para legislar dado que están siendo utilizados por el régimen", aseguró Mármol .
Lo que propone la ex magistrada y que según dijo soluciona el problema, es la convocatoria de la Constituyente Originaria "porque nosotros no tenemos independencia de poderes, ni en las instituciones. En la forma en que está planteado el juego en este momento, donde el tribunal le anula las actuaciones a la Asamblea y esta no acata, no podemos ejercer revocatorio", dijo la abogada.
Aquí hay una situación de hambre y enfermedad, necesitamos que esto se resuelva y ya estamos acorralados contra una constituyente originaria, que el último recurso que en la Constitución está establecido para eso, dijo la ex magistrada Blanca Rosa Mármol.
"La Constituyente Originaria se convoca sin la participación de los poderes constituidos, es decir que no participa el Consejo Nacional electoral, porque los poderes constituidos están todos en manos del Presidente. Este es un país en donde el mandatario tiene todo los poderes en un puño, quiere decir que es un déspota y en consecuencia no hay democracia", explicó la magistrada.
La Constituyente Originaria la convocamos los ciudadanos según lo establecido en los artículos 347, 348 y 349 de la Constitución Nacional, artículos que están muy cerca del último que es el 350 referido a la desobediencia civil", dijo Mármol.
- Artículo 347 El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.
- Artículo 348 La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes; los Concejos Municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; o el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral.
- Artículo 349 El Presidente o Presidenta de la República no podrá objetar la nueva Constitución. Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente. Una vez promulgada la nueva Constitución, ésta se publicará en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela o en la Gaceta de la Asamblea Nacional Constituyente.
Esos tres artículos, explicó la magistrada, refieren que el poder originario reside en el pueblo y establece que se puede convocar esa Constituyente Originaria con un porcentaje de 15% de los ciudadanos inscritos en el registro electoral , lo que representa ménos de las rúbricas necesarias para el revocatorio. "Ese porcentaje de firmas lo podemos recoger sin el Consejo Nacional electoral, sin intervención alguna de poderes constituidos, porque la constitución también dice que el poder constituido no puede intervenir en el poder constituyente, para que este pueda seguir en adelante en el ejercicio de la soberanía popular", explicó la ex magistrada.
Mármol dijo que al convocar la figura de la Constituyente Originaria podrían necesitar un auxilio técnico para procesar las firmas y una vez que las tengan, no los van autenticar a través del Consejo Nacional electoral, sino de otra manera, tanto dentro de Venezuela como internacionalmente. "Eventualmente se puede recurrir a algún auxilio técnico, pero no de sus rectores, más bien de las maquinaria. Esas firmas se mantendría en el anonimato para no caer en las listas donde se señalan a las personas y de allí se podría pasar a la elección de los constituyentes".
La magistrada dijo que la Asamblea Nacional se ha negado por alguna razón desconocida a considerar la propuesta de convocar la Constituyente Originaria, "la Mesa de la Unidad lo pensó como una última salida, pero tampoco lo ha tomado, no sé si hoy lo considere la Asamblea Nacional, pero quizás por la fuerza de los acontecimientos determinen que así lo deben hacer".