La ONG Foro Penal venezolano rechazó la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que define el límite de la inmunidad de los diputados y que "otorga poderes extraordinarios" al presidente Nicolás Maduro, pues señaló que incurre en una violación "flagrante" de la Constitución.
El TSJ "decide más de lo que fue sometido a su consideración, y además incurre en una violación flagrante de nuestra Carta Magna, específicamente de los artículos 340 y siguientes de la misma, al pretender con su decisión modificar el alcance y sentido de la disposición sobre la inmunidad parlamentaria", dice el comunicado de la ONG.
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La Sala Constitucional del TSJ refirió "que la inmunidad parlamentaria sólo ampara", de acuerdo a la Constitución venezolana los actos "desplegados por los diputados en ejercicio de sus atribuciones constitucionales".
En este sentido, el Supremo venezolano subrayó que la situación de "desacato" en la que fue declarada la Asamblea Nacional (AN; Parlamento) hace más de un año tras enfrentarse a una sentencia del TSJ, hace que "no sea compatible" con el privilegio constitucional.
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Sin embargo, la ONG destaca que "ninguna norma vigente" de Venezuela autoriza a un tribunal, "sea de la jerarquía que sea, a alterar, añadir o a suprimir o a privar de vigencia ninguna disposición" de la Constitución.
Esto, en referencia al artículo 200 de la Carta Magna que establece que, "los diputados o diputadas de la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o la renuncia del mismo".
Con información de EFE