Luego del reclamo de las Naciones Unidas por la demora en la aplicación de la Ley de Amnistía e Indulto, el Gobierno colombiano inició una serie de reuniones para destrabar el proceso, el Ministerio de Justicia expidió un decreto para agilizar la salida de las cárceles de los miembros de las Farc, que aún no han recibido el beneficio, y para otorgarle el tratamiento penal especial diferenciado a los agentes del Estado.
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El decreto señala que aquellos que están privados de la libertad por delitos que no son objeto de la Amnistía de Iure (para delitos políticos y conexos) y que estén vinculadas a varios procesos y/o sentencias cometidas en el marco del conflicto armado serán objeto de la libertad condicionada, siempre y cuando hayan permanecido "cuando menos 5 años de privación efectiva de la libertad por uno o varios procesos o sentencias vigentes".
La norma define que el trámite para conceder los beneficios de la amnistía o el indulto, hasta la decisión judicial, no podrá ser mayor a diez días contados a partir del momento en que se presente la solicitud.
Según el decreto, de encontrarse alguna falsedad documental, material o ideológica en los soportes de quienes pidan la amnistía se negará o revocará dicho beneficio.
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Finalmente, aclara que los jueces que incumplan con esta norma podrán ser sancionados disciplinariamente.
Con información de Blu Radio