«Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general». De esta manera, el artículo 155 de la Constitución Española permite al Gobierno desarticular el plan soberanista para hacer de Cataluña un Estado independiente.
El único requisito que el Ejecutivo debe superar para aplicar estas medidas es su aprobación en el Senado, que es donde se debaten y deciden las cuestiones territoriales, Cámara en la que el PP tiene mayoría absoluta. En este sentido, el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Santiago de Compostela Carlos Ruiz asegura que «si se tramita con carácter urgente se puede hacer en un día».
Teniendo en cuenta, argumenta Ruiz, que el 155 se aplica en «una situación muy excepcional, lo lógico sería pensar que su tramitación también lo fuera». Enrique Arnaldo, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, también apoya que la norma «se basa en la inmediatez», por lo que «se podría hacer de un día para otro».
Cristina Cifuentes arrasa en presidencia del PP de Madrid
El procedimiento está recogido en la norma constitucional y en el Reglamento del Senado. El Gobierno, antes de poner en marcha cualquier proceso, debe requerir al presidente autonómico para que cumpla sus obligaciones. Si la petición es desoída, el Ejecutivo puede presentar las medidas que desea aplicar ante el Senado, cuya Mesa constituirá una Comisión de Comunidades Autónomas para elevar al Pleno de la Cámara una propuesta definitiva, pudiendo introducir las modificaciones que se consideren oportunas.
El presidente del Senado también debe requerir al líder del Ejecutivo autonómico para que este pueda presentar alegaciones y justificaciones. Aprobada en Comisión, la propuesta se eleva al Pleno para su debate y aprobación definitiva o desestimación. Por tanto, si la Generalitat decidiera poner en marcha las leyes de desconexión aprobadas en el Parlament, el Gobierno, con el artículo 155 de la Constitución y su mayoría en el Senado, podría frenarlas.
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