Este martes la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) de México declaró inconstitucional la penalización de las mujeres que practiquen el aborto en la primera etapa del embarazo. De esa forma, esta instancia reconoció en un fallo histórico el derecho de las mujeres a decidir.
El Político
Por unanimidad, los ministros del pleno de la SCJN invalidaron el artículo 196 del código penal del norteño estado de Coahuila. Este imponía de uno a tres años de cárcel “a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento”, reseñó EFE en nota publicada por San Diego Tribune.
“No tiene cabida dentro de la doctrina jurisprudencial de este Tribunal Constitucional un escenario en el cual la mujer y las personas con capacidad de gestar no puedan plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo”, argumentó el proyecto del ministro Luis María Aguilar.
Es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta. Por primera vez, la Corte se pronunció a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales. pic.twitter.com/VkGM1P6T9L
— Suprema Corte (@SCJN) September 7, 2021
El aborto, cuya criminalización es competencia local, sólo está despenalizado en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.
Pero ahora la SCJN declaró inconstitucional la criminalización de la mujer que aborta y la del personal sanitario que la asiste con consentimiento. La decisión deriva de una impugnación que la extinta Procuraduría General de la República (PGR) hizo contra el Código Penal de Coahuila en 2017.
El fallo es “histórico” porque es la primera vez que el Supremo de México “pone al centro de la discusión el derecho a decidir”, según el ministro Aguilar.
Día histórico para las todas mujeres, sobre todo para las más vulnerables. Se termina de tajo con la injusta criminalización de la mujer. Nunca más una mujer en prisión por ejercer sus derechos.
Un abrazo a todas las que con su lucha de años han hecho esto posible. pic.twitter.com/DJEli3NZHo— Arturo Zaldívar (@ArturoZaldivarL) September 7, 2021
Implicaciones de la reciente decisión
La decisión del Supremo solo invalida el código penal de Coahuila, pero sienta un precedente obligatorio para todos los tribunales del país. Estos deberán fallar a favor de las mujeres de otros estados.
Con ello, mujeres y organizaciones que defienden los derechos reproductivos podrán aprovechar el precedente para combatir por la vía judicial la criminalización del aborto en otros códigos penales estatales.
Además, el proyecto enunció como una de sus implicaciones “la garantía de que las mujeres o personas gestantes que así lo decidan puedan interrumpir su embarazo en las instituciones de salud pública de forma accesible, gratuita, confidencial, segura, expedita y no discriminatoria”.
Desacuerdos en fallo sobre el aborto
A pesar del respaldo al proyecto y del concepto del “derecho a decidir”, los ministros mostraron su desacuerdo en si el fallo debía definir el tiempo del embarazo.
Algunos ministros argumentaron que el “derecho a decidir” no es “ilimitado”. En tanto, el presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, lamentó que el proyecto se “quedara corto”; pues debía invalidar todos los artículos que criminalizaran el aborto bajo cualquier precepto.
La Suprema Corte ya había resuelto una controversia constitucional en 2008; cuando declaró constitucional la despenalización del aborto en la capital del país, el entonces Distrito Federal.