Conforme a una sentencia de un tribunal de Cuba, por primera vez en esta nación no es un delito criticar ni gritar consignas contra el régimen al régimen. El precedente podría despejar las posibilidades de que otros tribunales puedan en adelante desestimar estas conductas como delito o desacato. Y que en el pasado ha puesto tras las rejas a los disidentes incómodos.
El Político
El sitio Web informativo español ABC despliega una minuciosa reseña sobre la decisión judicial. Comienza por referirse a lo ocurrido el Primero de Mayo de 2020 en la isla caribeña durante las conmemoraciones del Día del Trabajador. El joven Dairon Duque de Estrada Aguilera profirió gritos contra el régimen: “¡Abajo Raúl, abajo Fidel, abajo los CDR (Comités de Defensa de la Revolución), abajo la policía”.
De inmediato fue detenido y acusado por los delitos de desacato, propagación de epidemias y atentado. Luego fue condenado a cumplir pena de cuatro años y seis meses por los dos últimos cargos. El primero, gritar consignas contra las autoridades, no fue considerado como delito.
De acuerdo con ABC, la sentencia con fecha 8 de febrero a la que tuvo acceso el medio español, pese a ser de una extrema dureza, resulta histórica. Su contenido reza: “Las expresiones desafectas que vociferaba el acusado, si bien son contrarias a la ideología política del sistema socialista cubano, las mismas no constituyen actos contra una autoridad, un funcionario público o sus agentes o auxiliares en ejercicios de sus funciones. O en ocasión con motivo de ellas, sino que son parte de sus convicciones e ideología política”.
Por primera vez un tribunal cubano no considera desacato gritar consignas contra Fidel Castro https://t.co/kkGLYTaWAo
— ABC.es (@abc_es) March 4, 2021
Destello de luz: gritar consignas
ABC se refiere también a otro caso reciente como fue el del rapero Denís Solis, condenado a ocho meses de prisión el pasado otoño. La sentencia generó la protesta y una huelga de hambre de miembros del Movimiento San Isidro, al que allanaron su sede. Y que luego ganó la simpatía de cientos de personas que manifestaron frente a la sede del Ministerio de Cultura. Y que dio lugar a la conformación del grupo denominado 27-N que mantiene en ascuas al régimen cubano.
Para algunas fuentes anónimas consultadas por ABC la más reciente sentencia no supone un precedente. Estiman que en Cuba no es fuente de derecho el precedente judicial. Y que además lo marcaría una sentencia del Tribunal Supremo ante varios casos similares. Y no un tribunal de menor jerarquía que actúa aislado de otros similares en competencia,
No obstante, abre una puerta hasta ahora condonada. Señalan: “La sentencia puede citarse por abogados en casos que se defiendan ante otros tribunales del país”.
Y respecto a lo que representa la decisión jurídica, supone “un destello de luces pequeñas que pueden alumbrar el paso a otros procesos. Cuba es en este momento una especie de hidra donde algunas cabezas empiezan a desentenderse del orden central mediante actos y decisiones que desafían lo histórico”.
Yaxys Cires, del Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH) y Coordinador de la recientemente creada plataforma Cuba Humanista, la sentencia no es una noticia positiva. Y lo razona tanto por la decisión del tribunal como por la parte argumentativa que se filtró a los medios de comunicación. Comentó: “Pareciera además aceptar un derecho que de facto en Cuba no se respeta, como es tener convicciones e ideología política distinta a la oficial. Sin embargo, es un caso atípico”.
Fuente: ABC