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Las nuevas modalidades de pago anticipado del IVA e ISLR

Redacción El Político RM Por Redacción El Político RM
22/08/2018
en Venezuela
Las políticas de Maduro aceleran el colapso del modelo chavista

El 20 de agosto entró en vigencia las nuevas medidas económicas que deberán según el presidente Nicolás Maduro, ayudar a estabilizar y reactivar la economía, que en estos momentos pasa por una de las mayores hiperinflaciones a nivel mundial. Dejando así  la escasez de alimentos, y el empobrecimiento del los servicios públicos en todo el país.

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La medida consiste en ajustar el periodo de la declaraciones de impuestos que anteriormente se cancelaban quincenal, ahora  será semanal. Esta será de manera  obligatorio para las empresa que  se dediquen a actividades económicas distintas a la explotación de minas, hidrocarburos o actividades conexas, y no sean perceptores de regalías derivadas de las explotaciones.

Foto: dreamstime
Foto: dreamstime

El anticipo del pago del IVA se realizará con base al impuesto declarado semanalmente dividido entre los días hábiles de la semana.

  • El anticipo del pago al ISLR estará comprendido entre un límite mínimo de 0,5% y un máximo de 2%. En este caso, el Gobierno Nacional podrá establecer alícuotas distintas, sin embargo, no podrá exceder los límites previstos.
La-peor-crisis-económica-de-Venezuela

El cálculo del anticipo se hará sobre la base de los ingresos brutos obtenidos del período de imposición anterior en materia del IVA, multiplicado por el porcentaje fijado.

  • El porcentaje de anticipos del ISLR se fijará en 1% para los contribuyentes especiales y en 2% a las instituciones financieras, bancarias y de seguros.
  • Los sujetos pasivos calificados como especiales deberán declarar y pagar el anticipo de los impuestos de forma diaria y bajo las condiciones establecidas por la Administración Tributaria Nacional mediante la Providencia Administrativa.
  •  Los anticipos serán deducibles en la declaración definitiva de rentas e impuesto al valor agregado, las cuales se regirán por normativas ordinarias aplicadas a cada materia.
  •  La disposición entrará en vigencia a partir del 1º de septiembre.

 

Fuente: El Cooperante

Tags: hiperinflaciónImpuesto del Valor AgregadoImpuesto Sobre la rentamedidas económicasRégimen madurista
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