La Junta Departamental de la Intendencia de Montevideo aprobó hoy con una votación de 29 de 31 ediles un decreto que "habilita la modalidad de transporte oneroso de pasajeros en vehículos privados contratados a través de plataformas electrónicas" tipo Uber, informó la Comuna capitalina.
El decreto podrá ser complementado con el proyecto de ley que el Poder Ejecutivo ya ha remitido al Parlamento.
Entrará en vigencia tras su promulgación y reconoce dos tipos de actores: la plataforma y los prestadores del servicio final, según informa la Intendencia en un comunicado.
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La Intendencia determinará las condiciones que tendrán que cumplir tanto la plataforma como los chóferes adheridos a ella y se limitará a uno la cantidad máxima de vehículos que un mismo propietario posea en dicho registro.
La nueva normativa establece obligaciones para la plataforma y para los propietarios de los vehículos que operan con ella.
Entre las obligaciones de los conductores están tener licencia de conducir profesional, tener carné de salud vigente, cumplir con las obligaciones fiscales y que los vehículos habilitados tengan menos de cuatro años de antigüedad (diez en el caso de los eléctricos).
Se trata de una autorización que es diferente a los permisos que se otorgan a los taxis y los vehículos de las aplicaciones deberán tener una inspección técnica una vez al año.
Las obligaciones para las plataformas radican en que deben estar en el registro que establece la normativa y únicamente pueden despachar vehículos que figuren en el registro.
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Por otro lado, se reconoce que un mismo vehículo puede ofrecer el servicio de transporte para más de una plataforma o aplicación pero se habilitará a tener un solo vehículo por persona.
Con información de EFE