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Las ONG de Venezuela rechazan registro obligatorio del régimen

Mediante comunicado público suscrito por representantes de más de 700 organizaciones de la sociedad civil rechazan categóricamente la presuncial del régimen de Nicolás Maduro. Entra otras razones de peso, esgrimen que se trata de una extralimitación legal y grave, ya que quebranta las normas internacionales de protección de los derechos humanos y libertades fundamentales

EY Por EY
28/05/2021
en Sin categoria, Latinoamérica, Venezuela
Las ONG de Venezuela rechazan registro obligatorio del régimen

Más de 700 Organizaciones no Gubernamentales (ONG) de Venezuela rechazaron categóricamente la nueva Providencia Administrativa No. 002-2021, conforme a la cual el régimen chavista de Nicolás Maduro se propone establecer un Registro Unificado de Sujetos Obligados ante la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, adscrita al Ministerio de Interior, Justicia y Paz.

El Político

En sus sitios informativos digitales Venezuela al Día y La Patilla toman nota de la novedad, conforme a la cual las ONG difunden sus pareceres que concluyen que esta nueva medida y otras recientes de control y fiscalización constituyen actos inconstitucionales. Aducen además que se trata de una extralimitación legal y grave, ya que quebranta las normas internacionales de protección de los derechos humanos y libertades fundamentales. Porque son de obligatorio cumplimiento para el Estado venezolano.

Mediante comunicado público las organizaciones de la sociedad civil de la nación suramericana esgrimen sus razones. Aducen que en primer término el oficialismo aspira crear un registro adicional a las normas de regulación a través de las cuales las organizaciones ya están registradas. Y de esta forma establece nuevos requisitos que exceden arbitrariamente los establecidos en las normas vigentes.

Más adelante fustigan que la normativa viola el propio mandato del Estado, a través de la Ley de simplificación de trámites administrativos, de no presentar documentos que ya están en manos del Estado. Precisan que de hecho, muchos de los requisitos no podrían cumplirse. Porque desde hace años han sido objeto de permanentes trabas, obstáculos y suspensiones por parte del propio Estado. Incluso para trámites corrientes de las organizaciones.

En #GacetaOficial N°42.098 la Oficina Nacional contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (ONCDOFT) establece los requisitos y procedimientos para la inscripción en el Registro Unificado de Sujetos Obligados (RUSO).

Gaceta? https://t.co/CrOAQShtlx pic.twitter.com/u59XncLR0p

— KPMG en Venezuela (@KPMG_VE) April 28, 2021

Las ONG de Venezuela esgrimen que se viola el principio de presunción de inocencia

Al decir de las ONG que suscriben el comunicado, el intento del régimen establece un sistema de registro sujeto a la emisión de un documento que certifica estar bajo control y supervisión de la Oficina competente. Solo si son cumplidos todos los requisitos y recaudos exigidos. Incluyendo alianzas con otras OSFL y las fuentes de financiamiento para demostrar no ser culpables de tener vínculos con el terrorismo, el financiamiento al terrorismo y la delincuencia organizada, entre otros delitos. Y que con ello se viola el principio de la presunción de inocencia.

Argumentan también que se trata de un sistema que exacerba los controles discrecionales. No solo porque los requisitos deben renovarse cada vez que haya cambios. Sino porque permite a los funcionarios decidir el cumplimiento o no de los recaudos, con posibilidad de hacer fiscalizaciones in situ sin límites de alcance y duración.

Añaden que este registro podría convertirse en un requisito para hacer otro tipo de acciones registrales, sin las cuales no podrán funcionar las organizaciones. Y que de esta forma se crea un cerco para obligar al registro, so pena de caer en una situación de irregularidad permanente.

Concluyen: “Crea además un régimen de autorización, sometido a renovación anual. Por el cual solo quienes hayan obtenido credenciales emitidas por la Oficina competente, pueden hacer actos de representación legal de las organizaciones. Adicionalmente, exige que cada organización cuente con la figura de un oficial de cumplimiento que se registre e igualmente obtenga credenciales. Así como la firma de estados financieros por parte de contadores quienes pueden exigir el registro para poder estampar sus firmas”.

 

Fuentes: Venezuela al Día / La Patilla

Tags: DDHHdelincuenciaDerechos HumanosinconstitucionalesLatamMaduroONGpresunción de inocenciaProvidenciarégimenRegistro UnificadoterrorismoVenezuela
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