La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado este miércoles una pena de nueve años de inhabilitación o bien de siete años y medio de inhabilitación y multa de 30.000 euros para el diputado del Partido Demócrata Catalán (PdeCAT) Francesc Homs por su participación en la organización de la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014, que había sido expresamente prohibida por el Tribunal Constitucional. La fiscalía ha presentado este jueves el escrito de conclusiones provisionales en el que se solicita la apertura de juicio oral contra el exconsejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno de Cataluña por un delito de desobediencia grave y otro de prevaricación administrativa.
En su escrito, el fiscal afirma que Homs "no adoptó la suspensión de ninguna de las actuaciones ni actos que se desarrollaban para la celebración de dicha consulta que dependían directamente del Departamento de la Presidencia del que era titular". Según el escrito, el entonces consejero "impulsó activamente los trabajos preparatorios de la convocatoria, puso los servicios jurídicos de su Departamento a disposición del CTTI [el centro que dio apoyo tecnológico a la consulta] para ejercer acciones legales ante una eventual suspensión adoptada por empresas privadas, y, en definitiva, potenció tras haber conocido la providencia de suspensión dictada por el Tribunal Constitucional el desarrollo del denominado “proceso participativo”.
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Además, el fiscal explica en su escrito que el exconsejero de Presidencia “era plenamente consciente, máxime en su condición de cabeza de los servicios jurídicos de la Generalitat, de que con su actuación quebrantaba el obligado acatamiento a las decisiones del Tribunal Constitucional”.
El fiscal considera que los hechos cometidos son constitutivos de un delito de prevaricación administrativa del art. 404 del Código Penal y de un delito de desobediencia grave cometido por autoridad pública del art. 410.1. El fiscal solicita que ambos delitos sean penados conjuntamente con la pena de 9 años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos.
Si el tribunal optara por castigar los dos delitos por separado, el fiscal solicita que se imponga por el delito de prevaricación la pena de inhabilitación especial por 7 años y 6 meses, y por el delito de desobediencia, una multa de 5 meses con una cuota diaria de 200 euros e inhabilitación especial por 1 año y 1 mes.
Con información de El País