Un tribunal ordenó que se reprogramara la eutanasia de la colombiana Martha Sepúlveda, quien padece de esclerosis lateral amiotrófica.
El Político
A principio de mes el Comité Científico Interdisciplinario para el Derecho a Morir con Dignidad echó para atrás la eutanasia de Sepúlveda. Alegando que "no se cumple con el criterio de terminalidad como se había planteado anteriormente”.
Pero esto cambió y tras un estudio del caso por parte del juez 20 civil de Circuito de Medellín protegió los derechos de la vida y muerte digna, dignidad humana y libre desarrollo de la personalidad de Sepúlveda.
En ese sentido, la mujer de 51 años se podría convertir en la primera mujer en Colombia en acceder a la eutanasia sin padecer una enfermedad que se encuentre en fase terminal.
Reporta una nota de El Espectador que el debate jurídico terminó en la pérdida del tránsito para Sepúlveda, quien interpuso una acción de tutela contra el Incodol.
Explicó que presentó la solicitud para su eutanasia desde julio, días después de las nuevas reglas de la Corte Constitucional. La petición la aceptó el mismo Incodol, el cual ordenó fecha y hora para la práctica el pasado 6 de agosto. Todo estaba listo, hasta la recepción de la carta. En la tutela, Sepúlveda explicó que la IPS Incodol le realizó un segundo comité interdisciplinario de manera “irregular, ilegítima y sin su consentimiento”. En concreto, pidió dejar en firme la decisión sobre su eutanasia y unas excusas públicas a su favor.
Oposición a pretensiones de Sepúlveda
El representante legal suplente de la IPS Incodol se opuso a las pretensiones de Sepúlveda. Explicó que sí, el pasado 6 de agosto se aprobó la eutanasia; sin embargo, en una nueva evaluación del pasado 8 de octubre no se acreditó “el requisito de pronóstico de vida de corto a mediano plazo”. Ese argumento, no obstante, fue duramente criticado por la defensa de la paciente, representado por Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Desclab), pues ya no existe el denominado criterio de “terminalidad” dada la última jurisprudencia de la Corte Constitucional, la cual ya dio a conocer el fallo completo.