Desde el primero de febrero de 2021 entraron en vigencia una serie de lineamientos por decreto del presidente Biden para aliviar la presión de las ásperas políticas migratorias de la anterior administración y para dar tiempo de revisar el estado actual de las mismas.
Ocho órdenes administrativas cambiaron rápidamente el escenario migratorio. Por ejemplo, de darle prioridad a deportar a todas las personas indocumentadas, ahora sólo tres grupos se individuos se consideran al tope:
1- Sospechosos de terrorismo o espionaje.
2- Quienes ingresaron a Estados Unidos después del 1 de noviembre de 2020 (y que llenen los requisitos para ser deportables).
3- Aquellos condenados por un “delito grave con agravantes” que sean liberados de la custodia penal después del 20 de enero y que ICE considere amenaza para la seguridad pública.
Siguiendo la orden presidencial del 20 de enero de 2021, el Department of Homeland Security (DHS) emitió un memorando que pide al U.S. Immigration and Customs Enforcement (ICE) que detenga de inmediato todas las deportaciones durante 100 días, mientras el DHS revisa e investiga su proceder.
Esta orden fue parcialmente paralizada por un juez federal en Texas el 26 de enero de 2021, quien puso restricción a parar las deportaciones y se mantiene en litigio en espera de nueva sentencia.
Sin embargo, el resto de las órdenes siguen su curso hasta el momento. La prohibición de viajes a Estados Unidos y emisión de visas a nacionales de ciertos países musulmanes y africanos ha sido abolida.
Prohibición de visas por pandemia
También ordenó una revisión de la prohibición de obtención de visas de inmigrante por motivos de la pandemia que está vigente hasta el mes de marzo de 2021.
Esta última fue emitida por la administración de Trump aludiendo a una protección al mercado laboral estadounidense fuertemente contraído por la crisis sanitaria y denegaba la posibilidad de recibir una visa de inmigrante basada en empleo o petición familiar a extranjeros que se encontraban fuera del país.
Esta medida no aplica a quienes ajustan estatus estando ya dentro de Estados Unidos. Tampoco a cónyuges e hijos menores de ciudadanos estadounidenses, ni a miembros activos de las Fuerzas Armadas estadounidenses y sus familias.
Quedaron exceptuados asimismo los inversionistas bajo el visado EB-5, traductores iraquíes y afganos (y sus familias) que ayudaron a militares estadounidenses. Y finalmente, las personas que obtengan visas basadas en empleo como médicos, enfermeros, trabajadores de la salud, investigadores médicos, o cualquier otro trabajo que el DHS considere esencial para combatir el Coronavirus. Y aquellos inmigrantes que sean considerados de interés nacional o ayuden a cumplir importantes objetivos de cumplimiento de la ley estadounidense.