De la mano de las modificaciones que el gobierno introducirá en la reglamentación de la ley de Vivienda de Interés Social, un decreto del Poder Ejecutivo que establece cambios en los beneficios tributarios que se otorgan a las unidades que son adquiridas por inversores para volcar al mercado de arrendamientos tomó por sorpresa y generó fuertes críticas de los promotores de la construcción.
En su artículo 8, el decreto determina que aquellos inversores que adquieran viviendas para luego ofrecerlas en alquiler podrán exonerar el 100% del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto a las Rentas de Actividades Económicas (IRAE), "siempre que el precio del arriendo" durante la vigencia del contrato "sea igual o inferior a los precios máximos" que determine el Ministerio de Vivienda (Mvotma), en conformidad con el Ministerio de Economía (MEF). Eso dependerá del área de promoción en que se encuentre la vivienda.
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En los casos que supere ese límite, el beneficio se reduce a 40% de las rentas generadas, establece el decreto. El período de exoneración se mantiene para el ejercicio en que finalice la obra y los nueve siguientes.
La normativa hasta ahora vigente no hacía referencia a los precios y el porcentaje de exoneración se establecía por zonas. El cambio no cayó bien en la Asociación de Promotores Privados de la Construcción (Appcu).
"Estamos bastante preocupados. En este momento, más del 50% de las ventas son para inversores que las vuelcan al mercado de alquiler y ahora les están cambiando el beneficio", dijo a El Observador el presidente de Appcu, Eduardo Steffen.
Actualmente hay promotores que prefieren continuar trabajando con el régimen actual de topes de precios antes de pasar a un nuevo sistema en las condiciones que se plantean, porque si bien tienen un porcentaje mayor de viviendas topeadas, ese precio máximo es más alto y tienen la libertad de venderlas por su cuenta.
Con información de El Observador