El directo del Banco de Previsión Social (BPS) en Uruguay informó que la viuda de Jorge Batlle, Mercedes Menafra realizó un reclamo a dicha organización para el pago de una pensión de supervivencia. Según fuentes, la misma exige $300 mil mensual.
Redacción El Político
Su pedido se funda en que las pensiones refieren a un porcentaje de lo que el cónyuge recibía de jubilación antes de morir. En este caso, Jorge Batlle era el que tenía la jubilación más alta del país, confirmó Amaro, porque al momento del cese de su cargo entró en el Acto Institucional Nº9, que daba "jubilaciones privilegiadas" a expresidentes, políticos y altos cargos del gobierno según expresó Amaro. La de Batlle era superior a los $ 500.000, según supo El Observador.
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Sin embargo, el representante de los pasivos indicó que el directorio del organismo decidió reafirmar su postura, aunque Menafra la podrá recurrir. El organismo se ampara en que ese beneficio es "exclusivamente a la representatividad de Jorge Batlle" y que "no tenía ni tiene un alcance que pueda ser transferido a la pensión de sobrevivencia", es decir a lo que recibe Menafra luego del fallecimiento de Batlle.
De todas maneras, Amaro sostuvo que el BPS le otorga una pensión "bastante alta". Según la fuente, se le otorgó una prestación de $ 75 mil.
El Acto Institucional N°9 fue promulgado en 1979 y dejó de tener validez en 1996, por lo que los únicos que cobran una jubilación de expresidente de montos sin tope son Julio María Sanguinetti y Luis Alberto Lacalle.
En el caso de Batlle cuando fue presidente la ley ya no estaba vigente pero como tenía en suspenso la jubilación de senador que sí estaba comprendida en el acto 9, se le hizo una reliquidación de su pasividad que le permitió seguir cobrándola.
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"Tendrán derecho a percibir durante un período equivalente al triple del que ocuparon (…) a contar desde la fecha del cese de los mismos, un subsidio equivalente al 85% del total de haberes del cargo en actividad", decía en su artículo 35 ese acto. Pero la ley jubilatoria que rige actualmente, la 16.713, derogó hace 20 años esa causal anticipada "sin perjuicio de la bonificación que corresponda a los cargos docentes de institutos de enseñanza públicos o privados habilitados".