La Constitución venezolana, vigente desde 1999 y derogada de facto por un estado que ha negado a sus ciudadanos derechos fundamentales consagrados en la carta magna tales como el derecho a la identidad, ha encontrado allende las fronteras funcionarios que si entienden y hacen respetar estos derechos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Negando el pasaporte a sus ciudadanos han procurado reducir la ola migratoria a la vez que el trámite para dicho documento ha sido caldo de cultivo para el desarrollo de mafias dedicadas a la estafa y extorsión. Actualmente, con los costos impuestos para su trámite, también se le niega ese derecho a la mayoría de los ciudadanos que a duras penas pueden comprar alimentos del día a día quedando imposibilitados de pagar una suma que equivale al salario de dos meses para tramitar un pasaporte.
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Por primera vez, la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un Recurso de Protección en favor de una niña venezolana de 1 año y 6 meses, ordenando al Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile otorgar el Título de Viaje solicitado para la menor.
La decisión fue fechada el 7 de noviembre. La Corte está integrada por el ministro Hernán Crisosto Greisse, la ministra Mariela Jorquera Torres y el abogado integrante Mauricio Decap Fernández, en causa signada con el No. 69.874-2018.
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La sentencia agrega en su considerando Séptimo que: “…en el presente caso nos enfrentamos a una situación excepcional, producida como consecuencia de los sucesos que constituyen a estas alturas un hecho público y notorio acerca de lo que se vive en Venezuela. Ello explica la circunstancia que una familia se desplace desde su país natal, hasta la hermana República de Argentina, con la perspectiva de una mejor vida, con dos hijos pequeños, uno de los cuales solamente contaba con su acta de nacimiento…”.
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