El gobierno de España, por decisión de la Audiencia Nacional rechazó la extradición de la modelo venezolana Ninoska Vásquez a México, país que reclamaba su presencia para enjuiciarla por delito de trata de personas en su modalidad de explotación sexual agravada.
El Político
El delito, que en la legislación española correspondería con los de prostitución y explotación sexual, fue informado a los magistrados de la Sección Cuarta, quienes argumentaron que existen varios motivos para denegar la entrega de la venezolana, a las autoridades mexicanas.
¿Por qué se denegó la extradición?
El cuarteto de magistrados dictaminó que "se aprecia la falta de cumplimiento de algunos requisitos formales de la demanda de extradición, puesto que en la orden de detención, de 2 de junio de 2022, no figuran los hechos atribuidos a la reclamada y por los que las autoridades mexicanas solicitan su entrega para su enjuiciamiento".
Para los jueces el tribunal del país requerido no puede analizar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Tratado de Extradición.
"Todo ello, con independencia de la descripción de los hechos sin refrendo judicial alguno en el documento suscrito por la embajada y, por lo tanto, carente del valor de una imputación en el marco de un procedimiento penal".
Dos elementos a favor
Además, hay un segundo elemento en este punto relativo a la falta de valor a efectos extradicionales, ya que la mencionada orden de detención "nada indica sobre su carácter internacional".
Otro de los motivos para la denegación de la entrega valorados por el Tribunal se basa en la documentación en el expediente y los datos que figuran en el pasaporte de Ninoska Vásquez, que permiten concluir que la reclamada no se encontraba en México el 9 de octubre de 2021 en el que supuestamente conminó y amenazó a dos jóvenes a tener relaciones sexuales con dos varones forzadas por aquellos.
"Razón por la cual, a la vista de la imposibilidad material de cometer el hecho imputado, no procede la entrega", justifica la Sala.
El Tribuna menciona una "importante" tercera razón para rechazar a la extradición, y es la constatación real de la existencia de amenazas expuestas por la reclamada en el acto de vista oral y recibidas por parte de su expareja.
Además, subraya el conocimiento que aquel tenía de la tramitación de la propia extradición por parte de México, "que resulta de difícil comprensión y que permite dudar del origen de las actuaciones".
Amenazas por WhatsApp
En relación a las amenazas, subrayan los jueces, "ha llamado poderosamente la atención del Tribunal la cantidad de vídeos y mensajes de WhatsApp unidos a las actuaciones y visionados por el tribunal en los que se constata la veracidad de las amenazas sufridas por la reclamada de parte de su expareja cuando le dice que la va hundir, que quiera hacerla sufrir, que la odia, que va a echarla de México a ella y a su familia u otros en los que hace referencia a todo lo que puede conseguir el dinero y de ir a la cárcel si regresa a los estados Unidos".
La Audiencia concluye que la demanda extradicional ni cumple con los requisitos formales exigidos en el Tratado entre ambos países, ni resulta materialmente posible que la reclamada cometiera los hechos atribuidos.
Además, agrega, se deduce de la documentación aportada «un eventual ánimo espurio y torticero» que no puede ser respaldado en derecho y así lo establece ordenamiento jurídico español de conformidad con el artículo 11.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
A la modelo se le acusaba de una supuesta implicación en la trata de mujeres para la prostitución. Vásquez ha insistido en que el caso es un montaje del empresario mexicano Francisco Javier Rodríguez Borgi.
Según la sentencia de las autoridades españolas, el empresario la amenaza desde que ella terminó la relación sentimental con él.
El abogado de Ninoska Vásquez, Nielson Vilela, detalló que la causa legal fue impulsada en su contra por parte de su ex pareja y la también modelo venezolana, Michell Roxana Castellanos